Abril 4, 2023
· Desafortunadamente la suspensión realizada por la CITES a nuestro país, tiene un gran impacto para el comercio legal de vida silvestre, recordando que México exporta diferentes productos alimentarios, peleteros, cosméticos, musicales, entre otros, que permite la supervivencia de una gran cantidad de familias mexicanas.
Luego de la suspensión comercial que hiciera la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES) a México, el pasado lunes 27 de marzo, debido a que nuestro país no presentó un adecuado plan de acción para el combate al tráfico ilícito de Totoaba, los senadores del Partido Verde en el Senado de la República, solicitaron a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, así como a la Secretaría de Economía informen al Senado sobre las implicaciones ambientales y económicas por dicha sanción.
A decir de los legisladores ecologistas, desafortunadamente, esta suspensión tiene un gran impacto para el comercio legal de vida silvestre, recordando que México exporta diferentes productos alimentarios, peleteros, cosméticos, musicales, entre otros que permite la supervivencia de una gran cantidad de familias mexicanas, por lo que la suspensión comercial podría incrementar el comercio ilegal de vida silvestre.
“Con esta suspensión se pone en riesgo la economía de familias dedicadas a estas actividades y a la propia protección de especies silvestres” señalaron.
Desafortunadamente, dijeron, es por la pesca ilegal de Totoaba, también especie en peligro de extinción, que se amenaza la supervivencia de la Vaquita Marina, la cual es capturada de manera incidental en las redes utilizadas por los pescadores de Totoaba, que operan ilegalmente en el área de refugio de la Vaquita Marina, en el Golfo de California.
Razón por la cual, la CITES en octubre de 2021 convocó a una reunión para fortalecer los esfuerzos y detener la pesca ilegal de totoaba y el tráfico asociado de sus vejigas natatorias, y en noviembre de 2022 recomendó a México abordar urgentemente la regulación de artes, sistemas, métodos, técnicas y horarios para la realización de actividades de ésta con embarcaciones menores y mayores en Zonas Marinas Mexicanas en el Norte del Golfo de California .