Noviembre 12, 2023
Durante los últimos años, la violencia contra las mujeres se ha diversificado dando lugar a fenómenos como la violencia vicaria, un tipo de violencia que se ejerce contra las mujeres utilizando a sus hijos, hijas, personas de la tercera edad o con discapacidad, mascotas o bienes, causándoles daño o amenazando con hacer algo en perjuicio de aquellos para hacer sufrir a la mujer, según un estudio realizado por la Dirección General de Análisis Legislativo del Instituto Belisario Domínguez (IBD).
La investigación “La violencia vicaria Acciones desde el legislativo federal y local para su prevención y erradicación”, elaborada por la investigadora Carla Angélica Gómez Macfarland, señala que algunos ejemplos más comunes de este tipo de violencia son amenazar a las madres con quitarles la custodia de niñas y niños, llevárselos o, incluso, lastimarlos.
También es común que se aproveche la presencia de los hijos e hijas para insultar a la madre, hablar mal de ella, humillarla y amenazar e interrumpir los tratamientos médicos o farmacológicos de los niños y niñas.
Según el estudio del IBD, la violencia vicaria ha aumentado en los últimos años, tomando en cuenta el comportamiento de la violencia familiar, que entre 2021 y 2022, registró un incremento de 14.09% en el número de víctimas. En este último año, se contaron 22,904 menores víctimas de violencia familiar.
La investigación destaca que en los últimos años se han reformado diversas leyes para atender este problema. Actualmente, el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares reconoce a la violencia vicaria como un tipo de violencia contra las mujeres y ordena medidas de protección para las víctimas.
Adicionalmente, en la LXV Legislatura se han presentado 38 iniciativas de reforma a leyes secundarias relacionadas con la violencia vicaria, entre ellas para incorporar este concepto en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y el Código Civil Federal.
A nivel estatal, la violencia vicaria se encuentra regulada en más de 60 ordenamientos locales.
La investigación concluye apuntando que es necesario abordar la sanción de este tipo de violencia no sólo desde una perspectiva de género sino desde un enfoque en el principio del interés superior de niñas, niños y adolescentes.
El documento del IBD se puede consultar en la siguiente dirección: https://bibliodigitalibd.senado.gob.mx/handle/123456789/6100