Mayo 29, 2023
La crisis de desapariciones en México va de la mano de una crisis forense que no permite identificar los cuerpos de personas cuyos restos han sido encontrados en fosas clandestinas o que permanecen en fosas comunes, advirtió la senadora María Graciela Gaitán Díaz.
El pasado 17 de mayo, la legisladora del PVEM inscribió en la Gaceta de la Comisión Permanente, un punto de acuerdo para solicitar a los titulares de las fiscalías General de la República y Especializada en Materia de Derechos Humanos, un informe sobre la creación del Banco Nacional de Datos Forenses.
Además, pidió que este reporte incluya información sobre la creación e implementación del Registro Nacional de Personas Fallecidas no Identificadas y no Reclamadas; del Registro Nacional de Fosas Comunes y Clandestinas; y del Programa Nacional de Exhumaciones e Identificación Forense.
La senadora precisó que, de acuerdo con el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas, en 2022, el número de personas desaparecidas ascendió a 109 mil 516 personas, y que Jalisco fue la entidad con más casos reportados. Gaitán Díaz destacó que este padrón inició desde marzo de 1968 y se actualiza diariamente.
Los artículos 4 y 48 de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición cometida por particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, establecen que el Banco Nacional de Datos Forenses es la herramienta del Sistema Nacional que concentra las bases de datos de los estados y de la Federación, así como la información forense relevante para la búsqueda e identificación de personas desaparecidas y no localizadas.
El documento señala que en el artículo 119 del ordenamiento legal citado, el Banco Nacional de Datos Forenses está a cargo de la Fiscalía General de la República y tiene por objeto concentrar la información relevante para la búsqueda e identificación de personas desaparecidas, así como para la investigación de los delitos en materia de dicha ley.
Además, el artículo 111 del ordenamiento legal, dispone que el Registro Nacional de Personas Fallecidas no identificadas y no reclamadas se encuentra a cargo de la Fiscalía y formará parte del Banco Nacional de Datos Forenses, el cual debe contener información sobre los datos forenses de los cadáveres de personas no identificadas y no reclamadas, del lugar del hallazgo, el lugar de la inhumación o destino final y demás información relevante para su posterior identificación.
En tanto, el artículo 134 establece que el Programa Nacional de Búsqueda y Localización, está a cargo de la Comisión de Búsqueda y que deberá contener, como mínimo el proceso y metodologías multidisciplinarias para la revisión sistemática y exhaustiva, por parte de las autoridades competentes, de averiguaciones previas, carpetas de investigación y otros documentos oficiales que contengan información sobre la desaparición y los posibles paraderos de personas.
Así como la identificación de tiempo y lugar de episodios críticos de desaparición y personas en el país, la definición de los contextos de las desapariciones y las metodologías a emplearse para la búsqueda y localización en cada uno de esos contextos.
La senadora señaló que en el Informe del Mecanismo Extraordinario de Identificación Forense, que se presentó el 29 de agosto del año pasado, se señala que “las autoridades reconocieron tarde la crisis de las instituciones forenses en México”, pues el problema tiene una antigüedad de al menos dos décadas.
Recordó que el Juzgado Primero de Distrito del Centro Auxiliar de la Novena Región, en el juicio de amparo indirecto con número de expediente auxiliar 250/2022, concedió un amparo y protección de la justicia federal para efecto de que las autoridades competentes hagan todo lo necesario para lograr la creación del banco, para incluir los recursos económicos necesarios, la creación de las herramientas, la coordinación de grupos de expertos y la normativa para su funcionamiento.