Mayo 04, 2023
De acuerdo con el Código Fiscal de la Federación, la declaración anual es una obligación fiscal que tienen todos los mexicanos, el cual, deberá ser presentada ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). De no llevar a cabo este trámite, que se debió entregar durante abril, generaría algunas infracciones para los contribuyentes.
Toda persona física que incumpla con la presentación de este trámite conocido como declaración anual, será acreedora a multas económicas, esto de acuerdo con el Artículo 81, Fracción I del Código Fiscal.
El objetivo principal que tiene el órgano tributario, es que los contribuyentes cumplan con sus obligaciones fiscales al presentar su declaración anual, la cual, deberá tener información de tus ingresos, deducciones autorizadas y personales, retenciones, así como tus pagos provisionales, a través del portal del SAT.
¿A cuánto ascienden las multas?
Existen múltiples sanciones para aquellos que no realizaron su declaración anual a tiempo, como lo marca el Artículo 82, Fracción 1, el cual, corresponde a:
- Por cada una de las obligaciones no declaradas, corresponde a una multa de mil 810 a 22 mil 400 pesos.
- En caso de ser fuera del plazo previsto que fue durante el mes de abril, será de mil 810 a 44 mil 790 pesos.
- De no presentar el aviso de compensaciones, la multa asciende de 17 mil 190 pesos a 34 mil 350 pesos.
- Finalmente, de no presentar las declaraciones en medios electrónicos, presentarla fuera de plazo o no cumplir con los requerimientos o cumplirlos fuera de los plazos establecidos, la multa será de 18 mil 360 a 36 mil 740 pesos.
¿Quiénes lo presentan?
De acuerdo con el portal oficial del SAT, del 4 de abril al 2 de mayo de 2023, las personas físicas -no morales-, tendrán que presentar un informe de sus deducciones anuales e ingreso por varios adeptos que a continuación te presentaremos:
- Servicios profesionales.
- Actividades empresariales.
- Recibir intereses o dividendo.
- Sueldos y salarios y asimilados a salarios.
- Enajeración de bienes; si vendiste algún bien.
- Adquisición de bienes, si compraste algún bien
- Cobrar renta por algún inmueble: departamento, casa o local comercial.
- Régimen Simplificado de Confianza: por las actividades empresariales, profesionales u otorgamiento del uso o goce temporal de bienes que hayan realizado.
A continuación te dejamos el portal oficial para que puedas realizar este trámite una vez que tengas tu documentación completa
Con Información De El Heraldo De México