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Acciones Afirmativas en México: Hacia una Inclusión que respete Ciencia y Libertad personal

La Base Científica vs. La Identidad Auto percibida

Por Russell G. G. Arjona Tamayo

Hace un tiempo atrás, comentaba en un foro la existencia de Acciones Afirmativas en México.
Para entrar al detalle, de manera breve, explicaré que en México, las Acciones Afirmativas son políticas públicas y medidas legales diseñadas para corregir desigualdades históricas y promover la inclusión de grupos marginados o discriminados. Estas acciones se enfocan en garantizar igualdad de oportunidades en ámbitos como educación, empleo, participación política, salud y acceso a servicios.
Detallando las principales:
Mujeres: Paridad de género en política y medidas contra la violencia.
Pueblos Indígenas y Afrodescendientes: Inclusión educativa y cultural.
Personas con Discapacidad: Accesibilidad y empleo.
Comunidad LGBTQ+: Reconocimiento de derechos.
Jóvenes y Personas en Pobreza: Acceso a educación y empleo.
Ámbitos de aplicación de las anteriores:
Educación.
Participación Política.
Empleo.
Salud.
Reconocimiento Cultural.

Acciones Afirmativas Basadas en Realidades, No Etiquetas

Dicho sea lo anterior, hace ya muchos años escribía, con otras palabras, que la legislación no debe invadir la autonomía corporal o identitaria de las personas. Hemos cometido errores en aras de la igualdad y hemos confundido el sexo con la Libertad de Ser quien quieras ser y de ser diferente a tu semejantes. Es decir, confundimos los gustos o tendencias sexuales respeto al Universo Personal de cada ser humano nacido en nuestra tierra. Al estilo o forma de vida de cada persona.

Entraremos en detalle para explicar, de manera breve, antes de aterrizar una tesis final.

Aquí yace el dilema: ¿Debe la ley priorizar datos científicos o la autodeterminación?

En México, al momento de nacer y registrar al nacido ante las autoridades civiles en cada estado especifican el sexo de una persona como Mujer u Hombre. Masculino o Femenino. Términos subjetivos que en un futuro trae controversias en nuestra sociedad.

Ahora bien, de manera objetiva podemos afirmar que el sexo de cada persona lo determina su capacidad de engendrar o la capacidad de fecundar. Por lo tanto esta capacidad lo determinarán, en el presente dos factores incrustads en nuestro ADN:
XX: En mujeres (dos cromosomas X).
XY: En hombres (un cromosoma X y uno Y).
Consecuentemente considero que, en base a estos dos factores, el Homo sapiens, aclarando que me refiero a el en una perspectiva taxonómica/científica, ya que de lo contrario le llamaría Ser Sapiens, puedo afirmar que el ser humano, al momento de ser anotado en el Registro Civil deben considerarse estos dos factores genéticos determinantes:
Sexo : XX Mujer (Adjetivo Mujer).
Sexo: XY Hombre (Adjetivo Hombre).

Por lo tanto, los ordenamientos legales deben ser ajustados correctamente para establecer y asegurar que a la llegada de la mayoría de edad el Ser Humano pueda, en su acta de nacimento hacer uso de su Universo Personal e individual de como quieras que te llamen o te definan sin anteponer una realidad objetiva, concreta y científica.

Sexo: XX y el adjetivo que quieras tener.
Sexo: XY y el adjetivo que quieras tener.

En ambos casos sin perder la realidad científica de cada ser humano, es decir, precedido del cromosoma que define tu capacidad y la evolución biológica de cada individuo pero que de manera también breve señalaré a continuación:
Genes clave:
El cromosoma Y contiene el gen SRY, que inicia el desarrollo de testículos y la producción de testosterona en embriones XY.
En ausencia de Y (XX), se desarrollan ovarios y características femeninas.
Variaciones biológicas:
Existen casos como intersexualidad (ejemplo: personas con XXY, X0, o mosaicismos) que muestran que la biología no siempre es binaria la resolveríamos con un estudio mas profundo de equipos interdisciplinarios o multidisciplinarios que determnarán el aspecto de toma de decisiones de padres o tutores.

Dentro de estas hipotéticas causas no se abordarán los aspectos psicológicos y sociales que puedan influir en el desarrollo del individuo ya que estos lo harán posteriormente al momento de nacer y de la definción objetva de sus cromosomas.

Dicho ya todos los antecedentes podemos afirmar que sexualmente todos somos diversos de los unos a los otros, es decir que, hasta aquella persona que no tiene una ereccion debido a cualquer factor que pudiera darse es diverso a aquellos que si. Y en este tema, podríamos dar múltiples ejemplos de la diversidad inimaginable que hay en en el Ser Humano.

Ahora bien, lo que la sociedad debe procurar, defender y respetar es el respeto al Universo Personal de cada humano y, dentro de ese universo entra su estilo de vida, de ser, de caminar, de vestirse, de expresarse, de gustos e infinidad de aspectos que nos hacen diferentes y diversos a múltiples grupos sociales, que no los hace diferentes por su sexo sino, como ya hemos visto, por Universo Personal de cada quien y que defirnos con la Libertad de Ser quien quieras ser.

Señalado lo anterior expongo dos cosas importantes:
En los ordenamientos legales se debería eliminar el aspecto sexual a la Acción Afirmativa correspondiente para dar paso a la Accón Afirmativa Universo Personal o el de Libertad de Ser.

Como señala la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), la libertad de autodefinirse es un derecho humano. Esto no niega la biología, sino que reconoce que la identidad trasciende lo físico: incluye expresiones, roles y decisiones íntimas.

Por lo tanto es importante eliminar categorías en políticas públicas y sustituirlas por criterios socioeconómicos o de vulnerabilidad. Así, se protegería a quien lo necesite sin reducir su identidad a un cromosoma, a un género, a una tendencia o a un gusto.

Y segundo. En los ordenamientos adjetivos y sustantivos correspondientes hay que dar paso a que al momento de asentar en los Registros Civiles correspondientes, al ser humano se le inscriba con su cromosoma objetivo y concreto correspondiente e inmediatamente el adjetivo que le corresponda a ese cromosoma.

Tercero. A la llegada de la mayoría legal correspondiente, basado en que aunque los cromosomas definen el sexo biológico, la identidad de género es un espectro respaldado por consensos psicológicos y sociales por lo que el Ser Humano tendrá la libertad de cambiar el Adjetivo de manera libre sin cambiar el Cromosoma que le corresponda.

¿Cómo podemos garantizar derechos sin borrar las diferencias que nos hacen únicos?
¿Por Qué Este Cambio es Urgente?

Primero porque hoy en día hay seres humanos que enfrentan barreras en salud y empleo pese a protecciones legales existentes.

Segundo tal y como explica la Sociedad Mexicana de Genética, el sexo cromosómico es un dato objetivo, pero no define la totalidad humana.

Y por último, muy a pesar de que pudieran existir agendas mundiales en estos ámbitos diferentes de lo que aquí se señala; en este texto solo se da una propuesta entre las que se incluye un sistema que respete tanto la ciencia como la diversidad, que fomenta diálogo, no polarización en aras de lograr una Cohesión Social.

Concluiré señalando que las Acciones Afirmativas deben evolucionar para no caer en dogmatismos. Al separar el sexo biológico (realidad tangible) de la identidad (universo personal), México podría liderar un modelo donde derechos y ciencia coexistan. Como ciudadanos, nuestro reto es claro: exigir leyes que protejan sin etiquetar, e incluyan sin simplificar.

¿Tú qué opinas? ¿Puede la ciencia y la libertad personal coexistir en las políticas públicas?

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