
Octubre 21, 2025
Sobre la información que se ha publicado en diversos medios de comunicación, relacionada con la reforma al Código Fiscal de la Federación, en materia de plataformas digitales, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) aclara:
● Es totalmente falso que este cambio al marco jurídico fiscal, aprobado en la Cámara de Diputados, tenga fines de espionaje digital o se trate de una “ley espía” para vigilar a los usuarios de plataformas que ofrecen servicios digitales.
● La reforma establece en el artículo 30-B del Código Fiscal de la Federación, que las plataformas deberán permitir a las autoridades fiscales, el acceso en línea y en tiempo real, únicamente a la información que permita comprobar el debido cumplimiento de las obligaciones fiscales, que obre en sus sistemas o registros.
● Esta modificación está enfocada solamente en la información fiscal de las plataformas, en materia de IVA, con el objeto de hacer más eficiente la recaudación en este sector y combatir la evasión de impuestos.
● En ningún momento, se establece que el SAT podrá acceder a la información de los usuarios o a la actividad que tengan en las plataformas, ni mucho menos se incluyen fines de vigilancia a las personas, como se quiere hacer creer.
El Servicio de Administración Tributaria reitera su compromiso con los derechos de libertad y privacidad de las y los mexicanos, consagrados en la Constitución Política, y reafirma su vocación de impulsar nuevos mecanismos, que permitan hacer más eficiente la recaudación y cerrar espacios de evasión fiscal en beneficio del desarrollo del país.