Octubre 18, 2022
El pleno del Senado aprobó una iniciativa de Ricardo Monreal que deroga las normas que condicionan por motivos de edad y duración del matrimonio la obtención de la pensión por viudez que otorgan el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado (ISSSTE).
En la propuesta el senador Monreal señala que las leyes de ambos institutos “contemplan que el otorgamiento de la pensión por viudez está condicionado por la edad del trabajador y por el tiempo del contrato matrimonial, situación que es violatoria de los derechos de seguridad social y de igualdad”.
En la explicación de motivos de la propuesta se explica que la norma se estableció con el objetivo de proteger el patrimonio colectivo de los asegurados frente a posibles matrimonios fraudulentos, pero advierte que las restricciones de edad y el plazo para haber contraído matrimonio vulneran los derechos de los trabajadores y sus parejas.
“Dicho condicionamiento constituye una violación manifiesta a los derechos de seguridad social y de igualdad. Además, al condicionar la edad máxima para poder contraer matrimonio y que esta genere una imposibilidad para poder acceder a una pensión que por derecho es de la persona trabajadora, se vulnera su derecho de libertad para contraer matrimonio y resulta discriminatorio por concepto de edad”, señaló.
Añadió que, al establecer la edad máxima de 55 años para poder celebrar un casamiento, se obstaculiza el acceso a la pensión que pertenece por derecho a una persona trabajadora, al mismo tiempo que se atenta contra la libertad para contraer matrimonio y se discrimina por concepto de edad.
Los y las senadoras coincidieron con Monreal consideró que la reforma a las leyes de pensión del IMSS e ISSSTE es necesaria pues de esa forma “se eliminan las barreras que históricamente habían permanecido en la legislación y que han legitimado la violación a los derechos fundamentales de las personas”.
Con la aprobación de este decreto se restituye el espíritu solidario en el que se fundamente la seguridad social y se eliminan las barreras que históricamente habían permanecido en la legislación y que han legitimado la violación a los derechos fundamentales de las personas, en este caso, de quienes poseen el derecho de acceder a una pensión de viudez.